alquiler de nave que ha embargado el banco

Alquilamos una nave hace cinco años, al poco tiempo se puso hacienda en contacto con nosotros porque se le había embargado el alquiler al propietario, hemos estado pagando el alquiler a hacienda durante cuatro años, ahora dicen que ya no tenemos que pagarle a ellos porque la nave se la ha quedado el banco, y el banco todavía no se ha puesto en contacto con nosotros, entonces, ¿dónde tenemos que pagar el alquiler? ¿podemos ingresarlo en el juzgado? ¿de que forma debemos proceder? muchas gracias


Respuesta de Pilar Villacorta especialista en Derecho Fiscal, Penal y Mercantil

Buenos días María José, En principio, el banco al que deberéis pagar el alquiler, se tendrá que poner en contacto con vosotros para deciros en qué número de cuenta habéis de realizar el ingreso del alquiler, pero sino lo hace deberías acudir a la citada entidad bancaria y informar de vuestra situación, lo recomendable es que informes por escrito, quedándote una copia del mismo. En caso de no recibir contestación por parte de la entidad bancaria, te aconsejo acudas al juzgado, expliques tu situación para que te faciliten un número de cuenta donde deposites todos los meses la renta.Espero que nuestra respuesta te haya sido de utilidad. Recibe un cordial saludo,