Soy brasileña menor de edad y vivo en españa con mi hermana. Que tengo que hacer para tener mis papeles?
Respuesta de
Pilar Villacorta
especialista en
Derecho Fiscal, Penal y Mercantil
Buenas tardes
Gabriele,
A los extranjeros menores de edad no nacidos en España se les puede conceder
una autorización de residencia, cuando sean hijos de extranjeros con residencia
legal en España, así como a los que estén sujetos legalmente a la tutela de un
ciudadano o institución españoles o de un extranjero legal en España. Creo que
este último sería tu caso según lo indicado en tu consulta.
Los requisitos que se exigen son:·
No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico
Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea
de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.·
Acreditar una permanencia continuada en España del menor durante un periodo
mínimo de dos años.·
Que sus padres o tutores acrediten empleo o recursos económicos
suficientes para atender las necesidades de la familia, en estas cuantías:·
En las unidades de dos miembros, contando con el padre o la madre, se
exigirá el 150% del IPREM. Por cada miembro adicional a los dos citados
(progenitor y menor) se incrementará el 50% más del IPREM.·
Que sus padres o tutores acrediten disponer de vivienda adecuada.·
En el supuesto de que el menor esté en edad de escolarización obligatoria,
que se acredite que ha estado matriculado en un centro de enseñanza durante su
permanencia en España.Asimismo junto con la
solicitud se deberá presentar una serie de documentación que acredite los
requisitos exigidos, ante la Oficina de Extranjería de la provincia en la que
el menor extranjero tenga fijado el domicilio.Esperamos que nuestra
respuesta te haya sido de utilidad. Si precisas de un abogado especialista en la materia estaremos
encantados de poder ayudarte. Puedes contactar con nosotros en: info@linelex.com
Recibe un cordial saludo,