como interponer recurso administrativo de alzada

Soy cubana, y me han negado la residencia por matrimonio, por no contar mi esposo con medios suficientes, tenemos dos niños de 5 y 7 años. Como puedo hacer para interponer recurso.


Respuesta de Pilar Villacorta especialista en Derecho Fiscal, Penal y Mercantil

Indicarte que ha habido una importante modificación en cuanto a los requisitos de residencia, <?xml:namespace prefix = st1 ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:smarttags" />la PRE/149/2012 del régimen de los ciudadanos comunitarios en España con residencia superior a tres meses. Se establece la necesidad de acreditar que se dispone de medios económicos y de asistencia sanitaria como requisito previo para la obtención de la tarjeta comunitaria o del certificado de registro de la Unión. Para poder impugnar la decisión, es decir, para poder recurrir la decisión de la Administración, deberá interponer un recurso de reposición por la vía administrativa. El recurso se interpone en el plazo de un mes y en él contrariaremos los argumentos que la Oficina de Extranjería  haya alegado, justificando con todos los medios de prueba que tengamos al alcance, oportunos y admisibles en Derecho, para poder demostrar que sí que se dispone de los medios económicos. Cabe también recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses, pero es una vía muy lenta y podría demorarse. En caso de que en el momento en que se presentó la solicitud, en realidad no tuviera los medios económicos necesarios y que en la actualidad sí que los disponga, podría volver a presentar una nueva solicitud.<?xml:namespace prefix = o ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:office" /> Espero que nuestra respuesta te haya sido de utilidad. Si precisas de un abogado especialista en la materia estaremos encantados de poder ayudarte. Puedes contactar con nosotros en info@linelex.com  Recibe un cordial saludo,