Apreciado Sr. Figuereo,En relación a la cuestión que nos plantea sobre la cantidad
a abonar a Hacienda en la declaración de IRPF, pasamos a contestarle realizando
una serie de puntualizaciones al respecto: 1.
En primer lugar debemos informarle que dice la
normativa fiscal actual, que es la que se ha aplicado a las rentas del
ejercicio 2015, usted estaría obligado a tributar (según la información que nos
traslada) por dos motivos:a. Obtiene
unos rendimientos derivados de una pensión de 24.338,44 €, y a partir de
22.000€ por este concepto si proceden de un único pagador se tiene obligación de
declarar.b. Ha
realizado la venta de un inmueble por el que entendemos que habrá obtenido una
ganancia patrimonial.2.
En cuanto al importe que usted debe abonar a
Hacienda y con la información que usted nos traslada es francamente difícil
calcular el importe a abonar a Hacienda en concepto de IRPF por cuanto
ignoramos múltiples datos que pueden incidir en la declaración de renta, por lo
que precisaríamos:a. Conocer
su domicilio fiscal (para conocer qué tributación autonómica tiene y por ende
qué tipos se le aplicarían así como las posibles deducciones)b. Conocer
su situación personal (estado civil, personas a cargo, minusvalías reconocidas,
etc)c. Conocer
si obtiene otro tipo de rendimientos, como por ejemplo, rendimientos del
capital mobiliario (productos bancarios), rendimientos del capital inmobiliario
(por inmuebles a su disposición o arrendados)d. Conocer
si se le puede aplicar algún tipo de deducción, como por ejemplo por donativos
a asociaciones,etc.e. Disponer
de más información respecto a la venta del inmueble para calcular la ganancia
patrimonial real:1.
Fecha de adquisición de ese inmueble2.
Importe de adquisición del inmueble3.
Porcentaje de titularidad del inmueble4.
Gastos que tuvo cuando adquirió el inmueble
(notario, registro, impuestos, honorarios de profesionales que intervinieran en
su momento, etc.)5.
Fecha de transmisión del inmueble6.
Importe de transmisión del inmueble7.
Gastos de transmisión del inmueble (impuestos,
honorarios de profesionales que intervinieran en su momento, etc.)8.
Conocer si ese es usted mayor de 65 años y va a
reinvertir el dinero obtenido de la venta del inmueble. Como puede observar las variables a tener en cuenta para
poderle dar una respuesta lo más precisa posible, son múltiples. No obstante a
continuación le detallamos los tramos de IRPF (a nivel estatal) que están
aprobados para el ejercicio 2016. Los tramos de IRPF no son más que los intervalos que
Hacienda establece para el pago de la declaración
de la renta en función de los ingresos totales de cada
contribuyente. Son, por así decirlo, los renglones en los que el Estado mide la
riqueza a través de la renta. Estos tramos se establecen en función de los
ingresos salariales y sobre ellos se aplican antes una serie de reducciones por
las circunstancias personales de cada ciudadano. En la actualidad y tras el
último cambio para simplificar la estructura de la declaración de la renta
pueden distinguirse tan sólo cinco tramos. Su distribución es progresiva, de forma
que los más bajos cuentan con el tipo de gravamen menos alto, aunque este va
creciendo conforme lo hace la renta del contribuyente.A esta
tabla en la que figuran también los tramos de IRPF de 2015 antes del adelanto
de la reforma fiscal, deberíamos añadir la de las tablas de IRPF y las
retenciones y las tablas de ahorro del IRPF, que son otros elementos más
del resultado final de la declaración de la renta y del cálculo de las
retenciones de IRPF.
Quedamos a su entera disposición a través de nuestros
expertos en materia fiscal, por si precisare contar con nuestro servicios de
cara a la próxima campaña de renta del ejercicio 2016. Informarle que puesto
que tendrá que informar en la declaración de IRPF la transmisión de un
inmueble, sería recomendable contar con asesoramiento profesional para la
presentación de la misma.Espero que nuestra respuesta te haya sido de utilidad.
Recibe un cordial saludo,