derechos del inquilino

Buenos días me encuentro actualmente alojado de alquiler, y sin seguro "de contenido". La vivienda cuenta con un seguro de continente. por desgracia ha habido un pequeño incendio. El seguro se ha hecho cargo de las reparaciones pertinentes y en un principio se nos dijo de palabra que se harían cargo de los gastos de limpieza de cortinas, muebles, y ropa expuesta al humo, así como los gastos de hotel de dos noches que tuvimos que dormir fuera. lo anterior asciende a unos 700 euros redondeando. ahora se niegan a hacerse cargo de lo anterior alegando que la poliza no cubre inhabitabilidad y que los muebles y la ropa no son del dueño. pregunta: sin conocer las condiciones de la poliza, que no es nuestra sino del dueño, ¿ no deberían hacerse cargo de todos mis gastos en concepto de daños a terceros? ¿ no hay unas coberturas minimas? si me cae una teja de un edificio y daña mi coche, el seguro del edificio se hace cargo de la reparación de mi coche. Si estoy dentro de una casa que se quema, el seguro de la casa debe hacerse cargo de reparar mis daños, digo yo. les rogaría me diesen respuesta a lo anterior, asi como referencia al párrafo de la ley, en caso de ser favorable a mi punto de vista. gracias por adelantado.


Respuesta de Pilar Villacorta especialista en Derecho Fiscal, Penal y Mercantil

Buenos días Rafael,Indicarte que solo serías considerado un tercero si el incendio se hubiera provocado en casa de un vecino y te causara daños en tus bienes y te obligara a pernoctar fuera de tu domicilio, eso si lo debe cubrir la compañía aseguradora contraría sin perjuicio de lo que este contratado en póliza, porque eres un tercero perjudicado. Pero en tu caso no se te considera tercero perjudicado, porque habitas la vivienda asegurada, y la vivienda asegurada y todo lo que existe dentro si se tiene que acoger a lo pactado en la póliza, por eso es habitual que los inquilinos aseguren con la misma compañía o incluso con otra diferente el “contenido” para salvaguardar sus enseres personales no cubiertos por la póliza del propietario y la inhabilitación, porque eres tu quien habita la vivienda y el que debe preocuparse de estar salvaguardado en esos casos. Espero que nuestra respuesta te haya sido de utilidad.Si precisas de un abogado especialista en la materia estaremos encantados de poder ayudarte. Puedes contactar con nosotros en info@linelex.com Recibe un cordial saludo,