Donacion de herencia

Mi padre ha fallecido y dejado testamento a partes iguales a sus tres hijas y a su mujer, mi madre. Tienen dos pisos en gananciales y varias fincas que sólo son de mi padre porque las adquirió por herencia. Hemos pagado sucesiones (salió negativo) y plusvalía por la parte proporcional. Hemos decidido que yo me quede con la vivienda habitual que asimismo es la miamia. ¿que debemos hacer? queremos que nos salga lo más económico posible. Mi madre me cedería su parte en vida y mis hermanas también me donarían su parte si se puede.


Respuesta de Pilar Villacorta especialista en Derecho Fiscal, Penal y Mercantil

Buenos días: En relación a la herencia de tu padre, cuando hagáis la escritura de adjudicación de la herencia, tenéis dos opciones. La primera opción es que al liquidar la sociedad de gananciales, tu madre se adjudique en el pago de su parte en dicha sociedad, que es la mitad en valor económico de todos los bienes que fueran gananciales, otros bienes que no sean el piso que te quieres adjudicar. De esta manera la totalidad del piso formaría parte de la masa hereditaria, y al repartiros los bienes deberías adjudicarte este piso en pago de tu haber hereditario. Si hubiese un exceso de adjudicación, que hay que compensar al resto de herederos económicamente, tributaría en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, pero de esta manera no haría falta que se te hiciera donación alguna. La otra opción es que tu madre se adjudique la mitad del piso como parte de su haber en la sociedad conyugal,  y que tú te adjudiques la otra mitad como pago de tu haber en dicha herencia, en cuyo caso, y dependiendo de la valoración del resto de bienes, es probable que también haya un exceso de adjudicación, que sería menor que en el caso anterior. Por su parte, tu madre tendría que donarte posteriormente la mitad indivisa del piso que se ha adjudicado, y esta operación tributaría en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, debiendo aplicarse la normativa que rija en la Comunidad Autónoma donde esté situado el bien inmueble que se done. En Asturias no existe bonificación alguna para la donación de vivienda en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.Espero que nuestra respuesta te haya sido de utilidad. Recibe un cordial saludo,