GASTOS EXTRAORDINARIOS?

Buenos días, según la setencia de divorcio, la mensualidad de 200.-€ indica que es para alimentos. Indica gastos extraordinarios, originados por la crianza y educación de la hija y los no cubiertos por la seguridad social, serán sufragados por partes iguales. Le he pasado el material escolar, libros, cuota ampa. Alega que no son gastos extraordinarios, que no va a colaborar. ¿debe hacerlo? gracias.


Respuesta de Pilar Villacorta especialista en Derecho Fiscal, Penal y Mercantil

Buenas tardes Maite, Indicarte que si en la sentencia de divorcio, se indica expresamente, que se consideran gastos extraordinarios la educación del menor, esta claro que el material escolar, los libros y la cuota del AMPA(siempre que esta sea obligatoria) deben sufragarse a partes iguales, por lo que no estarían cubiertos con los 200€ de mensualidad que tiene establecidos como pensión. En este caso, deberás demandar a tu exmarido y solicitarle la mitad de todos los gastos que nos indicas, siempre de manera totalmente justificada. Si precisas de un abogado especialista en la materia para realizar la demanda, no dudes en contactar con nosotros a través de info@linelex.com Esperamos que nuestra respuesta te haya sido de utilidad. Un saludo