juicio de faltas por robo

tengo pendiente un juicio de faltas por robo de 100 euros a una compañera de trabajo en una comida fuera del trabajo. Bebimos y yo no recuerdo haberlo hecho ni donde puse el dinero pero hay imágenes que lo prueban. Yo devolvi el dinero en la comisaria. Actualmente estoy en tratamiento psicólogico por este problema y mi citación es para el mes que viene. No se si tendría que ir con un abogad@ al juicio y que consecuencias podria traerme este acontecimiento. gracias


Respuesta de Pilar Villacorta especialista en Derecho Fiscal, Penal y Mercantil

Buenas tardes Patricia,El procedimiento del juicio de faltas se regula en los artículos 962 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Para acudir al Juicio de Faltas no es necesario acudir con asistencia letrada aunque sí  es recomendable. En tu caso sería conveniente que hablaras con tu compañera de trabajo para ver si es posible retirar la denuncia y llegar a un acuerdo extrajudicial. En el caso de que acudas al juicio es conveniente que acudas con todos los medios probatorios que dispongas como son los informes médicos. Es conveniente que alegues que no existía dolo ni intención de robar los 100.-€. En el supuesto de que te condenen, te condenarán al pago de una multa que variará según tu capacidad económica.  Finalmente, indicarte que los juicios de faltas no conllevan anotación de antecedentes penales  Espero que nuestra respuesta te haya sido de utilidad. Recibe un cordial saludo,