junta general de accionistas

A finales de mes , tenemos una junta general extraordinaria , de accionistas de la sociedad anónima , de la cual soy accionista minoritario (3%), junto al resto de accionistas... ¿cuantos votos son necesarios para que se aprueben todos los puntos del orden del día? ¿con la mayoría simple , es decir el 51% de los accionistas es suficiente para que se aprueben los puntos del orden del día?


Respuesta de Pilar Villacorta especialista en Derecho Fiscal, Penal y Mercantil

Buenas tardes Miguel,Indicarte que Depende, no todos los acuerdos necesitan el mismo quórum para que salgan adelante. Le recomiendo que acuda a la ley de sociedades de capital, aunque es posible que los estatutos sociales aumenten las mayorías exigidas por ésta. Normalmente basta con la votación de la mayoría de los accionistas presentes en la junta y de los representados. En casos especiales como: el aumento o la reducción del capital y cualquier otra modificación de los estatutos sociales, la emisión de obligaciones, la supresión o la limitación del derecho de adquisición preferente de nuevas acciones, así como la transformación, la fusión, la escisión o la cesión global de activo y pasivo y el traslado de domicilio al extranjero, será necesaria, en primera convocatoria, la aprobación por dos tercios y con una concurrencia de accionistas presentes o representados que posean, al menos, el cincuenta por ciento del capital suscrito con derecho de voto, aunque en segunda convocatoria será suficiente la concurrencia del 25% de dicho capital. Pero como he dicho debería analizar la cuestiones que se van a votar para ver si exigen un quórum especial en la ley de sociedades de capital.Espero que nuestra respuesta te haya sido de utilidad. Si precisas de un abogado especialista en la materia estaremos encantados de poder ayudarte. Puedes contactar con nosotros en info@linelex.com  Recibe un cordial saludo,