Buenas tardes Vanessa, Indicarte que cuando
un menor es declarado en situación de desprotección y desamparo, la entidad pública,
y servicios sociales intervienen, conforme a la ley de protección al menor,
infancia y adolescencia. En el presente
caso, ha de haberse abierto un expediente ante el órgano público responsable de
su Comunidad, por el que se ha resuelto que Servicios Sociales se
responsabilice del menor. Ustedes, si pueden probar la relación de parentesco,
deben acudir, a Servicios Sociales, para informarse de la situación
(antecedentes, régimen establecido y situación declarada, ya que puede ser
temporal o indefinida) y solicitar el cuidado, tutela, acogida del menor, en
función de la relación que puedan acreditar, y los medios económicos de los que
dispongan. Se les hará un estudio de la viabilidad, y entrevistas varias.Si el expediente
abierto ya no está en la
Administración, y ha pasado a fiscalía, que a veces ocurre,
deberá acudir, con un abogado, a los tribunales, para pedir su tutela, acogida.
Necesitará un informe favorable de Servicios Sociales. No obstante, si la
familia materna ya está con los trámites, debería adelantarse y hablar con
ellos.
Por último, pueden
tener contacto con la madre, sin olvidar que lo que lo más importante es la
protección e interés del menor. Espero que nuestra respuesta te haya sido de utilidad.
Recibe un cordial saludo,