No estoy conforme con una deuda de la seguridad social, que debo hacer?

Hola...te explico...me he informado en la seguridad social sobre una supuesta deuda que esta a mi nombre por impago de autonomos....resulta que yo trabajaba como autonomo colaborador en un bar que tenia mi madre...y supuestamente me reclaman a mi el pago de unas cuotas impagadas del autonomo mio(autonomo colaborador)....el caso es que de esto hace ya casi 4 años que me di de baja como autonomo colaborador y desconocia totalmente que existian cuotas de mi autonomo colaborador sin pagar....la seguridad social en ningun momento me ha notificado nada,ni se ha puesto en contacto conmigo para comunicarme la deuda en estos casi 4 años,me he enterado de esta deuda de casualidad.....y ahora me exigen interes de demora etc...etc...no se si me equivoco pero segun tengo entendido,la obligacion de pagar las cuotas del autonomo colaborador recae sobre el autonomo titular o eso creo....entonces no entiendo como la seguridad social me quiere cargar a mi la deuda...y mas aun, intereses sin haberme notificado dicha deuda en todo este tiempo.....yo estaria dispuesto a pagar dicha deuda....pero veo excesivo que me apliquen intereses de demora cuando yo desconocia todo esto y sin haberme notificado dicha deuda....y mi duda es....¿tienen derecho a reclamarme a mi como autonomo colaborador el pago de esas cuotas?o por el contrario...¿ deberia ser el autonomo titular el responsable de pagar esa cuotas?.....gracias de antemano... Un saludo..


Respuesta de Pilar Villacorta especialista en Derecho Fiscal, Penal y Mercantil

Buenos días Daniel,Indicarte que, efectivamente, corresponde al autónomo titular (en tu caso, a tu madre) el pago de tus nóminas, en función de tu categoría profesional, y de tus cotizaciones a la Seguridad Social como familiar autónomo colaborador. Asimismo, si cumplías los requisitos de dicha modalidad de autónomo, como la de ser hijo de la titular, con la que convivías, estabas a su cargo, para la que trabajabas de forma habitual y, además, no estabas dado de alta como trabajador por cuenta ajena (esto es, no cotizabas en el régimen general de la Seguridad Social) deberías presentar escrito ante dicho organismo indicando que no procedería el pago de tales importes por dichos motivos y aportar como documentos acreditativos tanto el modelo TA0521/2, correspondiente a la solicitud de alta en el régimen especial de autónomos como familiar colaborador del titular de la explotación, como tus declaraciones anuales del IRPF en las que constasen los ingresos percibidos como rendimientos del trabajo durante esos períodos. Por otra parte, si la Seguridad Social no os requirió ni a ti ni a tu madre el pago de las referenciadas cotizaciones dentro de los 4 años siguientes al período en que debieron haberse abonado, dicha acción habría caducado.Espero que nuestra respuesta te haya sido de utilidad. Recibe un cordial saludo,