Que delitos puede imputarse a quien amenaza, insulta, intimida y pone denuncias falsas continuamente

hay una persona que me está acusando continuamente de daños que está sufriendo su coche por estar estacionado en una comunidad de 10 alturas de vecinos, en donde también vivo yo. Sobre su vehículo están 10 ventanas de cocinas. Me reclama a mí los daños de cosas y liquidos que yo nunca le he tirado. Está hablando muy mal de mí a la gente e intentando que la gente se ponga en mi contra. Me insulta, me intimida, me amenaza.. Y han puesto, ese señor y su mujer, varias denuncias y ampliaciones de denuncias que no son ciertas, con el fin de que yo pague los arreglos y su nueva pintura de coche. En estas denuncias dice que yo le arrojo al coche productos agresivos, y que le ensucio el coche continuamente aceite de cocina, porquería, etc.. Que le he rayado el coche. Que le he echado pegamento en el coche, y la policia ha dicho que no era pegamento que era grasa de cocina que al pasar con el parabrisas quedaba marca. Tengo que decir que el coche está situado debajo de las ventanas de las cocinas y los chunes de los extractores de mepansas. Su mujer baja a las reuniones acusandome de los daños y intentando coaccionar a los vecinos en mi contra y diciendo que pueden echarme de mi casa. Soy una persona mayor de 62 años que con estos disgustos me sube la tensión y me dan taquicardias.


Respuesta de Pilar Villacorta especialista en Derecho Fiscal, Penal y Mercantil

Buenas tardes Isabel,En primer lugar, deberás interponer una denuncia en comisaría o el juzgado de guardia. Deberás describir detalladamente las amenazas, insultos, intimidaciones y denuncias falsas presentadas contra ti y tu esposa.  Para que la denuncia sea más efectiva deberá señalar los testigos que presenciaron las amenazas, insultos e intimidaciones. Todo ello puede constituir una infracción penal tipificadas en los artículos 169 y siguientes del Código Penal –amenazas e intimidaciones-, artículos 208 y siguientes del Código Penal  -injurias-, artículos 456 y siguientes del Código Penal – denuncia falsa-  y el apartado segundo del artículo 620 del Código Penal si se califica como falta. Si precisas de un abogado especializado en la materia para ineterponer denuncia, no dudes en contactar con nosotros en info@linelex.com Esperamos que nuestra respuesta te haya servido de ayuda.Recibe un cordial saludo,