Quiero poner una denuncia por lo civil a un vecino porque su perro mordió al mío, ¿qué debo hacer?

Buenas tardes. Hace un par de semanas mi pareja iba paseando a nuestros 3 perros (que iban debidamente atados) cuando el perro de una vecina mordió a uno de mis perros en el trasero. Esto ocurrió en benalmádena costa. Este perro, como otras miles de veces, estaba suelto en la calle sin vigilancia. Son varias las veces que hemos llamado la atención a la dueña de este perro para que lo llevase atado, pues en más de una ocasión había intentado ya agredir a mi perro, pero la señora solo decía que su perro era inofensivo... Pues bien, llamamos a un agente de la patrulla verde que vino a tomar declaración y nos aconsejó que denunciásemos el hecho en comisaría. Este agente no nos dio ninguna copia del informe. Fuimos a comisaría porque mi pareja fue denunciado por amenzas por la señora ésta y prestó declaración. Aún no se ha celebrado el juicio. El caso es que la policía nacional que tomó declaración a mi novio le dijo que denunciara mejor a esta señora por lo civil, porque por lo penal no iban a hacerle nada. El caso es que no hay testigos de lo que pasó, el perro mordió al mío y la pareja de esta señora se negó a separar a los perros "porque no quería que le mordiera a él". Lo único que podría hacer yo es decir que los perros de esta señora siempre andan sueltos por la calle, por lo demás poco puedo argumentar porque yo no iba con ellos en ese momento. Eso sí, tenemos fotos de la mordedura e informe del veterinario de urgencias donde confirma el ataque de su perro al mío. Mi pregunta es, ¿tenemos que denunciar ante el juzgado de guardia? ¿podemos presentar la denuncia por escrito o tenemos que ir los dos y ponerla de forma verbal? ¿las fotos tengo que llevarlas impresas a color o con que las muestre en mi teléfono móvil es suficiente? gracias. Un saludo


Respuesta de Pilar Villacorta especialista en Derecho Fiscal, Penal y Mercantil

Buenos días Miriam,Te recomiendo presentar denuncia ante la comisaría o el Juzgado de Guardia. La diferencia es que ante comisaría presentas una denuncia verbal y en el Juzgado de Guardia la presentaras por escrito.  Podéis presentar la denuncia tanto tú como tu pareja. Te recomiendo que facilites todas las pruebas que tengas de ese día (fotos, declaraciones, etc.), y en caso de no disponer de ellas deberás indicar que dispone de esas pruebas. Las fotografías deberás presentarlas impresas. Los agentes de policía no pueden asegurarte si la vía civil es o no es la más efectiva. Lo que está claro es que presentar una denuncia es más sencillo que realizar una demanda de reclamación civil. En el caso de que te inadmitan la vía penal puedes presentar demanda de reclamación de cantidad. Por otro lado, y con independencia de la reclamación de cantidad, puedes presentar una queja en el Ayuntamiento. Espero que nuestra respuesta te haya sido de utilidad. Recibe un cordial saludo,