SE CONSIDERAN HORAS DE TRABAJO MIENTRAS TENGO QUE HACER NOCHE EN VITORIA?

Tengo contrato de 40 horas semanales en el transporte. Con una ruta de zaragoza a vitoria, de 7:00 - 9:30 pm, duermo en vitoria, porque tengo que volver a cargar a las 6:45 y regresarme a zaragoza, llegando a las 10:15 am. Mi jefe me exige que continue trabajando hasta las 2:00 pm porque el no hace cuenta de las horas que duermo en vitoria. mi parecer es que mientras yo este fuera de mi domicilio por trabajo, esas horas cuentan. Espero me puedas ayudar en mi consulta, gracias¡¡¡


Respuesta de Pilar Villacorta especialista en Derecho Fiscal, Penal y Mercantil

Buenas tardes Jesús Manuel,Indicarte que las horas de pernoctación en Vitoria no se considerarían jornada laboral sino descanso y que, según el art. 27.2 de la Resolución de 13 de marzo de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el II Acuerdo general para las empresas de transporte de mercancías por carretera, “en los servicios de movimiento y demás actividades directamente vinculadas a la salida y llegada de vehículos, que por su propia naturaleza se extienden de forma discontinua a lo largo de un período de tiempo superior a doce horas al día, el descanso entre jornadas podrá ser de nueve horas siempre que el trabajador pueda disfrutar durante la jornada de un descanso mínimo ininterrumpido de cinco horas. Cuando se haga uso de esta previsión del Real Decreto 1561/1995, el trabajador tendrá derecho a percibir el complemento de puesto de trabajo que al efecto se pacte en convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la representación de la empresa y la de los trabajadores”.Espero que nuestra respuesta te haya sido de utilidad. Recibe un cordial saludo,