Testamento abierto

Buenas noches: me recomiendan, a mi marido y a mi, en régimen de gananciales, que hagamos un testamento abierto, ante notario, para que quién fallezca le quede todo y no tenga que pagar el ponerlo todo al nombre que quede vivo. Perdón pero no sé muy bien explicarme. En este caso tenemos un hijo solo. lo que me gustaría saber es si nos aconsejan hacerlo, para que si muero yo antes que mi marido le quede todo a él o si muere mi marido me quede todo a mi, para después si fallecemos los dos sea el beneficiario mi hijo. Yo creo que no hace falta porque todo el patrimonio lo tenemos a nombre de los dos conyújes pero me insisten en que debo hacerlo para ahorrarnos dinero. muchas gracias por todo y ojalá me puedan informar.


Respuesta de Pilar Villacorta especialista en Derecho Fiscal, Penal y Mercantil

Buenos días Soledad,Indicarte que realizar un testamento no es obligatorio, si bien, tienes que saber que cuando no se deja otorgado, los herederos legítimos son nuestros hijos, a pesar de que los compartamos al 50% con nuestro cónyuge. Por lo que si deseas que todos tus bienes pasen a ser propiedad de tu marido es conveniente que otorgues testamento a su favor, si bien, indicarte que existe lo que se denomina legitima, el Código Civil establece que una determinada parte de nuestros bienes se les ha de dejar obligatoriamente a nuestros herederos legítimos, que en el caso de tener hijos, son ellos, por lo que solo le vas a poder dejar a tu marido el tercio denominado de libre disposición, los otros dos tercios se los has de dejar a tu hijo. Tienes que saber que en caso de fallecimiento no vale con tener todo a nombre de los dos ni siquiera con tener testamento otorgado, llegado el momento se ha de realizar una aceptación de herencia ante notario y se han de pagar unos impuestos (plazo de 6 meses) y escriturar los bienes a nombre del heredero. Espero que nuestra respuesta te haya sido de utilidad. Recibe un cordial saludo,