demanda por impago alquiler, coste, plazos, requisitos, duración, y demás que deba saber.

17/11/2014 firma contrato alquiler por un año prorrogable por dos más, cobro 13 días noviembre más la fianza, comienza a vivir la inquilina y le surgen dudas sobre si le gusta la vivienda, dice que se lo pensará si seguir o no, yo no me opongo a que se marche, pero ha empezado el mes de diciembre, las fechas de pago pactadas son de 1 al 7 de cada mes, y hoy día 11/12/2014 no ha pagado,creo estar en derecho de reclamar que el mes que empiece a vivir, tiene que pagar el alquiler de todo el mes y después, puede marcharse cuando quiera dentro de ese mes y lo más grave es que no me responde al teléfono. Quiero saber coste de demanda judicial por incumplimiento de contrato, plazos, requisitos, duración del proceso, si se marcha sin pagar si puedo disponer de la vivienda, y demás cosas que me pueda interesar saber. Disculpen por el tamaño del texto y gracias por su atención.


Respuesta de Pilar Villacorta especialista en Derecho Fiscal, Penal y Mercantil

Buenos días José Antonio,Desde que una de las partes incumple una de las obligaciones del contrato  puede solicitar la el cumplimiento de la obligación o la resolución del contrato. En cuanto al coste del procedimiento judicial deberás solicitar distintas hojas de encargo, es decir, presupuestos, ya que existen honorarios libres. Igualmente, no conllevará el mismo coste si se procede a un acuerdo judicial que el acudir a un procedimiento judicial.  Para conocer este procedimiento puedes observarlo en los artículos 437 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. También puedes observar el artículo 22, punto nº 4 y nº 5. por el contrario, el plazo de duración que puede prolongarse un desahucio dependerá del juzgado.  Es recomendable que le envíes un burofax, con acuse de recibo y copia de contenido, informando de su obligación de pago según el contrato, e indicando, que en el caso de no proceder al ingreso de la cantidad X, en un plazo X, procederás a ejercitar las acciones legales oportunas. Por lo que nos indicas, en la mayoría de supuestos, hasta que no contratamos a un abogado el inquilino hace caso omiso.Espero que nuestra respuesta te haya sido de utilidad. Recibe un cordial saludo,