Buenas tardes Patricia,Los procedimientos de conciliación son gratuitos y voluntarios, es decir, nadie nos obliga a asistir, pero tampoco se homologa ningún acuerdo judicial. Los plazos no se pueden modificar ni posponer, a menos que la parte demandante, en este caso, Telefónica, muestre conformidad. Que usted se haya olvidado de ir no significa que hubiera resuelto la deuda, pero ahora no puede solicitarlo nuevamente. Finalizada la conciliación, pueden iniciar el procedimiento formal, de demanda de reclamación de cantidad, en su caso, monitorio, y si pierde, será ejecutable, en su contra, es decir, le podrán embargar sus cuentas y bienes, por el importe total de la deuda. En ese caso, necesitará un abogado. No obstante, puede intentar llegar a un acuerdo con la compañía, como solicitar una quita (pagar un importe de golpe, inferior al total debido).Espero que nuestra respuesta te haya sido de utilidad.
Recibe un cordial saludo,